Absolución
Anulan fallo contra general del Ejército condenado por desaparición forzada
Corte Suprema ordena la liberación del general Carlos Paz Figueroa y su coacusado al considerar que las declaraciones de los testigos no son consistentes.
María Elena Castillo
En tiempo récord, la Corte Suprema resolvió el recurso de nulidad y dejó sin efecto la sentencia de 15 años que le impuso la Sala Penal Nacional al general Carlos Paz Figueroa por la desaparición forzada del profesor Rubén Villanueva Toro, ocurrida en 1990, cuando era jefe de la base contrasubversiva de Lircay, en Huancavelica.
El general fue condenado en setiembre del año pasado, cuando estaba a cargo delComando de Reservas y Movilización del Ejército (Comerove). De inmediato interpuso el recurso de nulidad, la vista de la causa se llevó a cabo en marzo de este año y menos de un mes después salió la resolución.
La sentencia también beneficia a su coacusado, el entonces subteniente Yorvil Távara Olea, quien era el segundo al mando.
La sentencia también beneficia a su coacusado, el entonces subteniente Yorvil Távara Olea, quien era el segundo al mando.
Villanueva fue detenido por efectivos militares el 25 de marzo de 1990 y trasladado a la base, tras lo cual nunca más ha sido visto. Su colega, el profesor Teododoro Leonidas Tito Pérez, observó el hecho y su testimonio ha sido fundamental durante el proceso oral.
Sin embargo, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, integrada por César San Martín, considera que el testimonio de Tito Pérez ha incurrido en contradicciones y "no cumple con los requisitos de validez desarrollados en el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116", que establece que las declaraciones de un testigo "además de ser coherentes y sólidas estén rodeadas de ciertas corroboraciones periféricas de carácter objetivo".
CUESTIONAMIENTOS
En el fallo aseguran que "no existe en autos prueba idónea de tal carácter y validez que demuestre sin margen de duda razonable que los acusados son responsables penalmente".
Los jueces prácticamente recogen la versión de la defensa de los militares. Por ejemplo, cuestionan que en su declaración fiscal, Tito Pérez dijera que tres militares los intervinieron, pero en proceso indicó que fueron dos; además cuestionan que primero haya referido que se estuvo hospedado en el cuarto del hermano de la víctima y después refirió que estuvo en un hotel.
No toman en cuenta que ha mantenido en todas sus declaraciones que los interceptaron en el jirón Puno, cuando iban a la feria, y que se llevaron a Villanueva porque no tenía su documento de identidad y que se dirigieron rumbo a la base militar.
Además, cuestionan la consistencia de otras declaraciones porque primero afirmaron ser testigos presenciales y luego declararon que fueron informados por otras personas, como el caso del tío del desaparecido, Moisés Páucar Toro.
Asimismo, desestiman la declaración de la tía de la víctima, Doris Bendezú Ramos,quien contó que al enterarse de la detención corrió hacia la base y logró ver que dos militares ingresaban a Villanueva al calabozo. Los magistrados dicen que ello queda desacreditado porque existe un acta de verificación de la fiscalía de esos años, en que se consigna que "en dicho lugar no existían calabozos y que el agraviado no se encontraba adentro".
Recuerdan que San Martín sostiene que a pesar de "existir adecuada prueba de cargo" si no se elimina "toda duda razonable" debe declararse la absolución del reo. Eso fue lo que hicieron.
LOS ARGUMENTOS DE LA SALA PENAL
El colegiado A, de la Sala Penal Nacional, determinó la responsabilidad Carlos Paz Figueroa y Yorvil Távara Olea por varios motivos.
Señalaron que pese a las diferencias en detalles dados por Teodoro Tito Pérez y el hermano de la víctima, Wilber Villanueva, lo sustancial se mantuvo en el tiempo.
Indicaron que Moisés Páucar y Doris Bendezú, tíos del desaparecido, declararon uniformemente que en la inspección ocular que hizo el secretario del fiscal dos díasdespués de la detención, había sido liberado la noche anterior.
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